💡 ¿Estás pensando en estudiar, hacer voluntariado o formarte en España durante un periodo prolongado?

La nueva Instrucción SEM 3/2025, publicada en junio de 2025, aclara cómo deben aplicarse las autorizaciones de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas, según el nuevo Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024. Te lo explicamos de forma clara y sencilla.

¿Qué regula esta nueva instrucción?

La Instrucción 3/2025 desarrolla el Capítulo II del Título III del nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde mayo de 2025, y busca dar seguridad jurídica y uniformidad de criterios en las solicitudes de estancia de larga duración por motivos educativos o formativos.

📋 Principales novedades y requisitos (2025)

  1. Idiomas como estudios superiores: Se aceptan cursos de idiomas presenciales en instituciones de educación superior reconocidas, siempre que el idioma no sea el materno ni el oficial del país de origen del solicitante.
  2. Pago de tasas educativas: Se considera cumplido el requisito si se acredita la matrícula, incluso si el pago es fraccionado, exento o se realiza en origen por convenios entre centros.
  3. Duración flexible de la autorización:
    • El periodo de un mes previo y 15 días posteriores a la actividad es optativo.
    • Se puede solicitar solo por la duración de los estudios si así se desea.
  4. Prórrogas:
    • Requieren abonar la tasa correspondiente.
    • Si la suma de autorización inicial y prórroga supera 6 meses, hay que acreditar ausencia de antecedentes penales si se es mayor de edad penal.
  5. Autorizaciones para familiares:
    • Se permiten solicitudes conjuntas con el titular, tanto en España como en el consulado.
    • La autorización del familiar está siempre supeditada a la del titular.

🛠 Régimen transitorio para casos anteriores al nuevo reglamento

La Instrucción prevé situaciones específicas para quienes ya tienen autorizaciones bajo el anterior RD 557/2011:

  • Se podrán adaptar al nuevo modelo plurianual si sus estudios aún continúan.
  • Los familiares también podrán acogerse al nuevo régimen.
  • Se permiten prórrogas o modificaciones específicas según el tipo de estudio o actividad en curso.
  • Se abre la posibilidad de pasar directamente a residencia y trabajo sin visado adicional si se ha finalizado con éxito la formación.

¿Qué cambia respecto al reglamento anterior?

  • Se clarifican procedimientos, documentación y requisitos.
  • Se unifica el criterio de duración conforme al total del programa académico.
  • Se flexibiliza el acceso de los familiares.
  • Se facilita el tránsito de estancia a residencia y trabajo.

🤝 ¿A quién beneficia esta reforma?

Esta reforma de extranjería en 2025 facilita la movilidad internacional, la permanencia continuada durante los estudios y mejora la integración social y laboral posterior. Está dirigida a:

  • Estudiantes universitarios o de postgrado
  • Participantes en programas de voluntariado
  • Alumnos en movilidad internacional
  • Centros educativos y universidades que reciben estudiantes extranjeros
2. STS 428_2025
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En González Pulido Abogados somos expertos en extranjería y te asesoramos conforme al nuevo Reglamento de Extranjería 2025 (RD 1155/2024).

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