💡 ¿Estás pensando en estudiar, hacer voluntariado o formarte en España durante un periodo prolongado?
La nueva Instrucción SEM 3/2025, publicada en junio de 2025, aclara cómo deben aplicarse las autorizaciones de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas, según el nuevo Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024. Te lo explicamos de forma clara y sencilla.
✅ ¿Qué regula esta nueva instrucción?
La Instrucción 3/2025 desarrolla el Capítulo II del Título III del nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde mayo de 2025, y busca dar seguridad jurídica y uniformidad de criterios en las solicitudes de estancia de larga duración por motivos educativos o formativos.
📋 Principales novedades y requisitos (2025)
- Idiomas como estudios superiores: Se aceptan cursos de idiomas presenciales en instituciones de educación superior reconocidas, siempre que el idioma no sea el materno ni el oficial del país de origen del solicitante.
- Pago de tasas educativas: Se considera cumplido el requisito si se acredita la matrícula, incluso si el pago es fraccionado, exento o se realiza en origen por convenios entre centros.
- Duración flexible de la autorización:
- El periodo de un mes previo y 15 días posteriores a la actividad es optativo.
- Se puede solicitar solo por la duración de los estudios si así se desea.
- Prórrogas:
- Requieren abonar la tasa correspondiente.
- Si la suma de autorización inicial y prórroga supera 6 meses, hay que acreditar ausencia de antecedentes penales si se es mayor de edad penal.
- Autorizaciones para familiares:
- Se permiten solicitudes conjuntas con el titular, tanto en España como en el consulado.
- La autorización del familiar está siempre supeditada a la del titular.
🛠 Régimen transitorio para casos anteriores al nuevo reglamento
La Instrucción prevé situaciones específicas para quienes ya tienen autorizaciones bajo el anterior RD 557/2011:
- Se podrán adaptar al nuevo modelo plurianual si sus estudios aún continúan.
- Los familiares también podrán acogerse al nuevo régimen.
- Se permiten prórrogas o modificaciones específicas según el tipo de estudio o actividad en curso.
- Se abre la posibilidad de pasar directamente a residencia y trabajo sin visado adicional si se ha finalizado con éxito la formación.
⏳ ¿Qué cambia respecto al reglamento anterior?
- Se clarifican procedimientos, documentación y requisitos.
- Se unifica el criterio de duración conforme al total del programa académico.
- Se flexibiliza el acceso de los familiares.
- Se facilita el tránsito de estancia a residencia y trabajo.
🤝 ¿A quién beneficia esta reforma?
Esta reforma de extranjería en 2025 facilita la movilidad internacional, la permanencia continuada durante los estudios y mejora la integración social y laboral posterior. Está dirigida a:
- Estudiantes universitarios o de postgrado
- Participantes en programas de voluntariado
- Alumnos en movilidad internacional
- Centros educativos y universidades que reciben estudiantes extranjeros
¿Necesitas ayuda para tramitar tu estancia o la de tus familiares?
En González Pulido Abogados somos expertos en extranjería y te asesoramos conforme al nuevo Reglamento de Extranjería 2025 (RD 1155/2024).
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